Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Viernes, 17 Mayo 2024

Edición 1164 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

La Entidad aclaro que de conformidad con el marco tarifario dispuesto en el Título 22 de la Parte 3 del Libro 5 de la Resolución CRA 943 de 20213, cuando en un municipio y/o distrito se presta la actividad de aprovechamiento su remuneración proviene, en una parte, del cargo

La presente controversia gira en torno a los incumplimientos que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. como la sociedad Daewoo Trucks S.A.S. se imputan de forma recíproca frente a un contrato de prestación de servicios. La Sala indicó que debe

“En cuanto al cobro de agua destinada para riego, esta Superintendencia no tiene competencia en el suministro de la misma, por tratarse de agua no apta para el consumo humano ni de una actividad complementaria asociada a la prestación del servicio público de acueducto. El

La Entidad preció que “los distribuidores de gas por redes deben llevar a cabo un registro de las personas autorizadas para construir y realizar el mantenimiento de la red interna, registro que no puede limitarse por el número de personas registradas, o por más criterios que los

La Entidad indicó que “conforme con lo indicado en la Sección 2 del Título 6o, del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, corresponde a los curadores urbanos, o a la autoridad municipal o distrital competente, el estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas