fijo mediante el incremento del Costo de Comercialización (CCS), y otra parte, del componente Valor Base de remuneración de Aprovechamiento (VBA) que resulta de la suma de los costos de las actividades de Recolección y Transporte y Disposición final cobradas en el municipio, valor que viene afectado por el Incentivo a la separación en la fuente (DINC) para los suscriptores que conforman macrorrutas que presentan valores de rechazo menores al 20%.
Por su parte, acorde con lo dispuesto en el numeral 2.2 de la Circular Conjunta 01 del 4 de agosto de 20215, los cálculos de los promedios de las toneladas efectivamente aprovechadas bajo la aplicación del marco tarifario expuesto, “(…) se realizará únicamente con la información disponible y certificada por el prestador de aprovechamiento en el SUI”. Lo anterior, con observancia de lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 8 de la Resolución 276 de 2016 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio -MVCT en donde se establece que: “(…) La facturación de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo, se realizará con las toneladas efectivamente aprovechadas y reportadas por las personas prestadoras de la actividad”.