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Viernes, 10 Julio 2026

Edición 1678 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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A través del acto administrativo se establecen disposiciones para el reconocimiento económico temporal del talento humano en salud del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico confirmado de coronavirus COVID — 19, y para el giro par parte de la Administradora de los Recursos del

El proyecto normativo busca fortalecer las funciones del la SuperSalud en cuanto a funciones de inspección, vigilancia, control, la jurisdiccional y de conciliación, así como para fortalecer la supervisión basada en riesgo y su capacidad para sancionar.

El ministerio de Salud, a través de un concepto ratificó que la Circular 038-2010, se encuentra vigente. La Entidad recordó que las vigencias de las normas de esta Cartera pueden descargarse en la página web de este Ministerio, https://www.minsalud.gov.co/Normativa/Paginas/normativa.aspx.

el pensionado al que se alude se encuentra inmerso en una relación laboral, razón por la que cotiza al SGSSS en calidad de dependiente, por los recursos percibidos de esa relación laboral, razón por la que, debe precisarse que en virtud de dicha cotización y con fundamento en lo previsto en el artículo 62 de la Ley 100 de 1993,

La Entidad indica que su parte, el Decreto 2993 de 2011, reglamentario del artículo 70 de la Ley 1438 de 2011, compilado en el Decreto 780 de 2016, reguló entre otros, el proceso de elección, posesión, periodo y requisitos que deben cumplir los empleados públicos del área administrativa y asistencial, para ser elegidos como miembros de las juntas directivas de las ESE de primer nivel de complejidad.