Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Viernes, 22 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

En la acción de tutela, la Corte concluyó que la omisión en la determinación del tratamiento para atender los diagnósticos del accionante de paraplejia, trauma raquimedular y diversos trastornos mentales y de la personalidad comprometen la faceta diagnóstica de su rehabilitación integral y su salud mental. Por lo anterior, la Sala concedió el amparo definitivo de los

A través del acto administrativo se asignan a los departamentos y distritos del territorio nacional, un número de dosis de vacunas contra el COVID-19 de las 50.070 dosis entregadas por Pfizer Inc y BioNTech el 15 de febrero de 2021, para iniciar el proceso de vacunación en el talento humano descrito en los numerales 7.1.1.2. y 7.1.1.4 del Decreto 109 de 2021, mediante el cual se

Queda establecido que, cada vez que se confirme por parte de un fabricante o del representante del mecanismo COVAX, la cantidad y la fecha de la entrega de dosis de vacunas contra el COVID — 19 al Estado colombiano y el MinSalud, determinarán la cantidad de dosis que se asignará a cada grupo poblacional que integre la misma etapa.

El MinSalud adoptó la metodología para determinar los valores a reconocer tanto a los prestadores de servicios de salud, por los costos asociados al agendamiento de las citas y a la aplicación de las vacunas contra el COVID-19.

“El Consejo de Estado ratificó una sanción que la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá le impuso al Hospital Universitario San Ignacio, por haber desconocido varias normas que obligan a las entidades de salud garantizar acceso real y ofrecer atención oportuna a mujeres gestantes que requieran servicios de interrupción voluntaria del embarazo (IVE)”.