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Sábado, 23 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La Sala confirmó la decisión de primera instancia porque el Municipio de Ebéjico no estaba obligado a renovar los contratos para la administración de los recursos del régimen subsidiado de salud suscritos con Caprecom, en la medida en que la demandante no habría acreditado los presupuestos legales para que fuera procedente la contratación.

El proyecto de Ley tiene como objeto crear la licencia menstrual para niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres, así como para personas menstruantes que se encuentren cursando sus estudios en las instituciones educativas públicas y privadas hasta el nivel de educación superior; con el fin garantizar la calidad de vida, afectar positivamente los determinantes sociales de la salud,

El proyecto de Ley tiene por objeto establecer medidas oportunas en materia de prevención, detección temprana, tratamiento integral, rehabilitación, cuidado paliativo y promoción de la atención oportuna del cáncer de mama en Colombia de acuerdo con la normatividad vigente.

La iniciativa busca establecer un conjunto de sanciones administrativas para las prácticas violatorias del derecho fundamental a la salud que condicione los resultados económicos y financieros de las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) a la calidad de los servicios prestados por éstas. Igualmente, crear un Sistema de Pago por Desempeño destinado a mejorar la calidad del servicio de atención en salud.

Busca modificar el artículo 66 de la ley 1709, el cual quedará así: “El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) implementará el modelo de atención en salud para la población privada de la libertad, bajo la custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), regulado mediante la resolución 5159 de 2015, y modificada mediante la resolución 3195 de 2016, financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación”.