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Sábado, 23 Mayo 2026

Edición 1646 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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“La Corte Constitucional le ordenó al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social el pago de los honorarios a la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Magdalena para que evalúe la pérdida de capacidad laboral de una víctima del conflicto armado por el hecho victimizante de desplazamiento forzado, que no cuenta con los recursos para sufragar dicho dictamen”.

Quedó establecida la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar el HOSPITAL SAN ANDRÉS ESE de Tumaco. Dicha prórroga será hasta por el término de un (1) año, contados a partir del 23 de septiembre de 2021 hasta el 22 de septiembre de 2022.

El Acuerdo adopta medidas de a la población no fumadora, a través de la prevención del consumo de cigarrillo, productos de tabaco, derivados, sucedáneos o imitadores como Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN) y Productos de Tabaco Calentado (PTC) y la exposición al humo de tabaco y vapor en el distrito capital.

A través del acto administrativo quedó establecido el reglamento técnico para los artículos de vidrio, cerámica y vitrocerámica, las vajillas de vidrio, cerámica y vitrocerámica en contacto con alimentos, y los de cerámica empleados en la cocción de los alimentos, que se fabriquen o importen para su comercialización en el territorio nacional, con el fin de minimizar los riesgos para la salud y la seguridad humana que puedan originarse por el desprendimiento de plomo y cadmio, así como prevenir prácticas de inducción a error.

A través del acto administrativo el MinSalud, se estableció regla adicional que tiene que ver con el criterio de eficacia que aplica a la distribución de vacunas contra el COVID 19. Puede conocer los detalles de esta decisión consultando el documento publicado por la entidad.