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Miércoles, 08 Mayo 2024

Edición 1160 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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Con el fin de facilitar la recuperación de los pequeños y medianos productores y productoras del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial el Banco Agrario de Colombia S. A, Y el Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) administrado por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINA GRO), recibirán pagos y celebrarán acuerdos de recuperación y saneamiento de cartera agropecuaria,

MinAgricultura estableció el Plan de Reactivación Económica para el Sector Agropecuario en el Marco de la Emergencia Sanitaria, por la presencia del COVID-19 en el Territorio Nacional; este tendrá vigencia hasta el 01 de noviembre de 2020, o hasta la fecha de agotamiento de los recursos disponibles para el efecto, lo que primero ocurra.

MinAgricultura modificó el artículo 15 de la Resolución 169 del 15 de julio de 2020 estableciendo que “el valor del apoyo se pagará a través de FIDUAGRARIA S.A, hasta el 31 de julio de 2021, previa validación del cumplimiento de los demás requisitos previstos en la presente resolución."

El ICA permitirá importación de alimentos para animales desde la República del Ecuador, con la presentación del registro del producto emitido por la autoridad sanitaria de ese país. Puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.

Quedó establecido que, para el análisis y confirmación en suero sanguíneo de animales positivos a Brucelosis bovina, se emplearán protocolos en serie de las pruebas indicadas en el Artículo 12 del documento publicado por la entidad y de acuerdo a las especificaciones de la tabla que se encuentra en la parte resolutiva del documento.