La CREG indicó a través del presente concepto que, en el caso del GLP distribuido mediante cilindros y tanques estacionarios, el esquema tarifario actual que determina el costo de prestación del servicio al usuario final contempla la remuneración de algunas actividades involucradas en la prestación del servicio bajo el régimen de libertad regulada, y otras bajo el régimen de libertad vigilada.
La CREG aclaró que, la competencia para establecer los requisitos para realizar el transporte terrestre de este tipo de sustancias se encuentra en cabeza del Ministerio de Transporte. Sin embargo, indicó que "El transporte de combustibles líquidos derivados del petróleo que se movilice por vía terrestre, solo podrá ser prestado en vehículos con carrocería tipo tanque.
El proyecto del MinMinas modificaría y adicionaría disposiciones de la Resolución 40008 del 14 de enero de 2021 en lo relacionado con la Gestión orientada a resultados, Seguridad Minera, Coordinación y concurrencia, Suministro de información. Puede conocer los detalles del proyecto consultando el documento original publicado por la entidad.
El ministerio de Minas distribuyó y asignó parcialmente la Aapropiación disponible destinada a la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos y el conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, como se detalla en el presente acto administrativo.
A título de restablecimiento del derecho, la Alta Corte declaró que la tarifa aplicable al impuesto predial unificado por los años 2008 a 2012, de los predios de propiedad de Reficar, era del 6 ‰. La Sala ordenó al distrito de Cartagena reintegrar a la Refinería de Cartagena S.A. la diferencia que resulte entre lo efectivamente pagado por concepto de impuesto predial unificado del