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Martes, 06 Octubre 2026

Edición 1737 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

Mediante esta resolución MinMinas fijó nuevos ingresos al productor de gasolina motor corriente y ACPM, que entrarán en vigor el 18 de octubre de 2024. La resolución establece un ingreso de $10,380.44 por galón para gasolina y $5,380.15 para ACPM, aplicable en todas las regiones del país. Esta medida busca optimizar la distribución de combustibles y reconocer los costos asociados a su transporte. La decisión responde a cambios normativos recientes y a la necesidad de garantizar la continuidad del servicio público. Los ministros de Hacienda y Minas destacan la importancia de esta acción para la sostenibilidad económica y el bienestar de los ciudadanos, asegurando un marco regulatorio adecuado para el sector.

Para el ministerio de minas y energía se hace necesario tomar medidas temporales teniendo en cuenta el estado de oferta del biodiésel en el país, con el fin de garantizar el abastecimiento de combustibles líquidos a nivel nacional, considerando que se trata de la prestación de un servicio público.

Ecopetrol ha emitido bonos por USD 1,750 millones, en continuación de su estrategia de refinanciamiento y optimización de deuda. Esta transacción, autorizada por el Ministerio de Hacienda, permitirá la recompra de bonos con vencimiento en 2026 y el prepago de obligaciones. La operación refleja la confianza del mercado internacional en la solidez financiera de la compañía, evidenciada por una sobresuscripción de 2.6 veces, lo que indica un fuerte interés de inversionistas. Además, se ha establecido un precio de recompra de USD 1,011.90 por cada USD 1,000 de valor nominal para los bonos emitidos en 2015. Esta acción refuerza el perfil crediticio de Ecopetrol en el contexto financiero actual.

La CREG mediante esta circular anunció la actualización de los precios de referencia para la gasolina motor corriente y el ACPM-Diésel, que entrarán en vigor el 18 de octubre de 2024. El ingreso al productor se fijó en $10.380,44 por galón para la gasolina y $5.380,15 para el ACPM. Esta medida responde a las regulaciones de los Ministerios de Hacienda y Minas, con el objetivo de promover la transparencia en el mercado energético. La CREG subraya que estos cambios impactarán directamente en el costo de vida de los ciudadanos y buscan estabilizar el sector de combustibles en Colombia, lo que garantiza un entorno justo para los consumidores.

El Consejo de Estado precisó que los actos de la ANLA relacionados con el control y seguimiento ambiental del proyecto de Petrosantander son considerados actos de trámite, lo que significa que su función es facilitar el procedimiento administrativo y no tomar decisiones definitivas sobre el fondo del asunto. En el caso específico, se argumentó que la ANLA no negó a Petrosantader el cierre definitivo de la licencia ambiental ni impuso obligaciones de imposible ejecución. En cambio, se limitó a requerir información adicional para verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales ya existentes. Por lo tanto, estos actos no deciden el fondo del asunto ni hacen imposible continuar con la actuación administrativa, lo que los excluye del control judicial.