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Prensa Jurídica

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Dos personas naturales, donde uno ostenta los derechos morales sobre la obra musical y, ambos, son titulares de los derechos patrimoniales, en calidad de coproductores de la obra. En la demanda, señalan que la sociedad CV Televisión Ltda, reprodujo, sincronizó, ejecutó y comunicó al público la citada obra durante una nota sobre el bus carnavalero de transmetro, en la emisión del 2 de marzo de 2022 disponible en YouTube y durante la emisión del noticiero del 14 de marzo de 2022. Para estos usos, indican, no se otorgaron autorización o licencia de uso y no se mencionó al autor de la obra.

Expertos internacionales y nacionales abordarán distintas temáticas desde el punto de vista de su especialidad, en el que se analizará el impacto de la IA en el ejercicio de función judicial. El evento se realiza entre el 14 y el 16 de agosto en la ciudad de Villavicencio. Los conferencistas son, entre otros, los doctores: Juan Gustavo Corvalán Co-Director del Laboratorio de Innovación e Inteligencia Artificial de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Marina Gascón Abellán Catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad Castilla La Mancha, Alfonso Peralta Gutiérrez, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 2 de Guadix, el Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque Vicepresidente - Corte Suprema de Justicia, la Magistrada Stella Jeannette Carvajal Basto -Sección Cuarta del Consejo de Estado- y Juan Carlos Cortés González Magistrado - Corte Constitucional.

El ministerio de Comercio publicó un proyecto de decreto a través del cual se reglamenta la Cámara Colombiana de los Oficios de las Artes, las Industrias Creativas y Culturales y el Patrimonio Cultural de Colombia, como un espacio de discusión democrática que garantice la representación de los actores culturales relacionados con los oficios. El artículo 12 de la Ley 2184 de 2022(Ley de saberes y oficios), señala, que dentro del ámbito de aplicación de la Cámara Colombiana de los Oficios de las artes se encuentra la de orientar la articulación del “Registro de los creadores, gestores culturales, artistas y maestros de oficios en el territorio Nacional”, con el registro “Soy Cultura”             .

A través de la Ley que establece la Canasta Básica Cultural en Colombia, se definió el término “enfoque de derechos culturales”, con el fin de asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminación. Son derechos relativos a la producción cultural y artística, los derechos de autor y el acceso a la cultura, entre otros. Tiene por objetivo principal incentivar la participación, reconocimiento y reivindicación de identidades culturales, el fortalecimiento de la educación cultural y cierre de brechas, la promoción de la oferta y demanda cultural y acceso a bienes y servicios culturales, la preservación de tradiciones y patrimonio cultural, el emprendimiento y generación de empleos territoriales en actividades culturales sostenibles y la gestión del conocimiento, monitoreo y evaluación. Los entes territoriales y autoridades culturales estimularán la programación local, que será de acceso libre y gratuito para públicos existentes y población vulnerable y priorizada.

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El ministerio de Cultura publicó un proyecto de decreto que desarrolla uno de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, en el que se consideró necesario contar con una instancia intersectorial, fomentando la participación de las comunidades en la toma de decisiones. Lo anterior, en virtud de que el artículo 186 de la Ley 2294 de 2023 (PND 2022-2026), establece que el Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas es una instancia coordinadora que debe facilitar la construcción de lineamientos de política pública alrededor del sector de las culturas, las artes y los saberes, así como la promoción y el fortalecimiento de las instituciones públicas, privadas, mixtas y populares, orientadas a la promoción, defensa, divulgación y desarrollo de los procesos productivos del sector de las culturas, las artes y los saberes, con el fin de garantizar la creación, producción, circulación y apropiación de las expresiones artísticas y culturales en todo el territorio nacional. La citada Ley determina sustituir el Consejo Nacional de Economía Naranja con la creación del Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas, por lo que se requiere reglamentar su conformación, funcionamiento y competencias.

Memoria/Proyecto

La DIAN precisó que “la retribución económica que percibe el titular de los derechos de obras, se constituye en una contraprestación económica que debe pagar el tercero que vaya a hacer uso de ésta, y cuyo recaudo lo realiza el titular de la obra o las sociedades de gestión colectiva, dependiendo de la manera en que se realice la gestión de estos derechos patrimoniales”. Agrega la Entidad que “dicha retribución o remuneración económica no corresponde a una contraprestación por servicios prestados o bienes adquiridos, razón por la cual no existe la obligación de expedir factura, ni de expedir el documento soporte consagrado en el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016, que de igual manera se predica de adquisiciones de bienes y/o servicios”. En consecuencia, “para la procedencia de costos y deducciones, el documento que soporta el pago de la contraprestación económica por el uso de obras será el que de manera idónea pruebe la respectiva operación”.

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La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual -OMPI, el Banco de la República y la Dirección Nacional de Derecho de Autor DNDA- invitan a participar del lanzamiento de la Guía de la OMPI sobre conservación en el marco del Seminario internacional: Salvaguardando el patrimonio cultural en bibliotecas, archivos y museos a la luz del derecho de autor. Este tendrá lugar el 2 y 3 de septiembre de 2024, de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. en la Biblioteca Luis Ángel Arango, Centro de eventos, Calle 11 N° 44-14, Bogotá, Colombia. La entrada es libre, previa inscripción. Cupo limitado hasta completar aforo.

inscripción a través de este link.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) presentó un balance sobre contenidos audiovisuales, con la información del servicio de televisión abierta reportada por los concesionarios y licenciatarios de este servicio, durante el Segundo Semestre de 2023. El informe indica que las horas mensuales promedio de contenido familiar aumentaron 22pp frente a 2022 para el canal nacional público y “destaca que los contenidos de origen nacional constituyeron el 78,2% de la programación emitida durante el segundo semestre de 2023, con una disminución de 1,8 puntos porcentuales respecto al primer semestre de 2023. Los canales regionales lideraron con un 91% de contenido de origen nacional, seguidos por los canales locales con un 76%, los nacionales privados con un 75% y los nacionales públicos con un 71%”.

Descargar informe/Comunicado de prensa CRC