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El proyecto de resolución propone flexibilizar los eventos eximentes de responsabilidad para el gas natural importado, con excepción del destinado a la demanda esencial regulada. Esto responde a la necesidad de atraer gas importado a precios eficientes y superar barreras regulatorias que limitan la competencia y la oferta a largo plazo. La normativa vigente establece eventos eximentes taxativos para contratos con productores nacionales, pero se habilita un tratamiento diferenciado para el gas importado, promoviendo mayor competitividad y confiabilidad en el mercado. La resolución modifica el artículo 11 de la Resolución CREG 102 015 de 2025 y fue aprobada y firmada electrónicamente en septiembre de 2025.

El proyecto de resolución establece medidas transitorias en el Mercado de Energía Mayorista debido al mantenimiento programado en la infraestructura de regasificación, que afecta la disponibilidad de gas natural y, en consecuencia, la generación de energía. Se abre un proceso de consulta pública para recoger observaciones en un breve plazo, buscando coordinar la continuidad del suministro y evitar impactos en los precios y la confiabilidad del mercado. La regulación busca garantizar que las plantas térmicas respaldadas por gas negocien condiciones que reflejen sus costos, preservando la estabilidad del sistema y beneficiando tanto a los usuarios finales como a las empresas del sector, frente a eventuales interrupciones.

El Gobierno nacional, adoptó medidas para garantizar el abastecimiento de gas natural y energía eléctrica durante el mantenimiento programado en la Planta de Regasificación de Cartagena entre el 10 y 14 de octubre. La medida prioriza la atención a usuarios residenciales, comercios, estaciones de compresión, GNV y refinerías, asegurando la continuidad del servicio público en la región Caribe 2. El Ministerio de Minas y Energía, junto con la CREG, el Centro Nacional de Despacho y el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, monitorean y coordinan para evitar desabastecimientos y mantener la estabilidad del sistema energético nacional. Descargar texto/Comunicado de prensa

La CREG comunicó a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de electricidad y gas el deber de reportar sus gastos de AOM (Administración, Operación y Mantenimiento) separados por actividades para 2024, enviando las plantillas correspondientes antes del 22 de septiembre de 2025.

El Proyecto de Resolución establece la metodología para calcular las tarifas del transporte de combustibles líquidos y GLP por ductos en Colombia. Define un modelo que considera costos de infraestructura como estaciones de bombeo, cruces especiales, y poliductos, actualizados a diciembre de 2024 y expresados en pesos colombianos. Incluye factores relacionados con diámetros y capacidades operativas para dimensionar costos de materiales, montaje y mantenimiento. El modelo se basa en ingeniería de detalle y estudios previos, con un rango de potencia desde 1,000 hasta 15,000 HP, garantizando precisión clase 3 en estimaciones. Además, establece reglas para la actualización de costos y participación de agentes en el proceso tarifario, promoviendo transparencia y eficiencia en el servicio de transporte.