La CREG presentó un proyecto de resolución que establece nuevas medidas regulatorias para el mercado mayorista de gas natural. Este documento, actualmente en consulta pública, busca mejorar la oferta de suministro y atender la creciente demanda del sistema interconectado nacional. Los agentes regulados y otros interesados tienen la oportunidad de enviar sus comentarios durante un término de tres (3) días calendario, contados a partir del día siguiente a la publicación del proyecto de resolución en el portal web de la CREG. La CREG también evaluará si es necesario informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre el impacto de estas medidas en la competencia del mercado. Las propuestas se alinean con regulaciones anteriores y buscan garantizar un funcionamiento eficiente y transparente del sector energético.
Se espera que estos proyectos se desarrollen a lo largo del año, con un enfoque en la mejora de la regulación y la eficiencia del sector energético en Colombia. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) detalló el avance de la agenda regulatoria para el cuarto trimestre del año. Se destacan proyectos enfocados en la comercialización de energía eléctrica y ajustes en el mercado de gas natural. La CREG propone nuevas metodologías de remuneración y condiciones para contratos, así como la regulación de comunidades energéticas y recursos distribuidos. También se evalúa la necesidad de subastas de energía y se anticipa la emisión de documentos clave que buscan mejorar la calidad del servicio y la eficiencia del sector energético. Esta agenda refleja el compromiso de la CREG por garantizar un servicio eficiente y de calidad para los usuarios.
En el presente concepto la SSPD ofrece una interpretación general de la normativa indicando que los servicios públicos domiciliarios, como el agua, la electricidad y el gas, son considerados esenciales para la vida cotidiana de los ciudadanos. Por lo tanto, su prestación debe regirse por principios de equidad y justicia. Esto significa que los usuarios solo deben pagar por los servicios que efectivamente reciben. Sin embargo, la suspensión del servicio puede ocurrir por diversas razones, como: falta de pago, mantenimiento y puede haber otras razones administrativas o técnicas que lleven a la suspensión.
En el presente concepto la CREG indicó que el control y vigilancia sobre la aplicación de la Ley y de la regulación en casos particulares hace parte de las funciones asignadas a la SSPD por lo que la Entidad procede a dar traslado de esta petición a dicha entidad para lo de su competencia. Sin embargo, se hace referencia a la resolución CREG 023 de 2008 donde se establece el reglamento de distribución y comercialización minorista de GLP.
La Entidad aprobó el Cargo de Distribución por el uso del Sistema de Distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) a través de redes de tubería. Esta resolución se aplica específicamente al Mercado Relevante de Distribución Especial que incluye los centros poblados de La Palmita, Velú, Balsillas y Pueblo Nuevo, ubicados en el municipio de Natagaima, departamento de Tolima. La solicitud para esta aprobación fue presentada por la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P.