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Circulares

Circulares (76)

A través de la presente Circular SuperFinanciera dio la instrucción de modificar el Anexo 1 del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica, que se denominará Tarifa Máxima Anual en Pesos del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), con el objetivo de fijar las tarifas máximas aplicables a partir del 10 de enero 2024 cuyo valor equivaldrá aproximadamente al cincuenta (50%) por ciento del precio final vigente al catorce (14) de diciembre de 2022, ajustado anualmente por la variación anual de la UVT correspondiente al respectivo año para vehículos de las categorías ciclomotor, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc y hasta 200 cc, motocarro, tricimotos y cuadriciclos, motocarros 5 pasajeros, autos de negocios, taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses y busetas y vehículos de servicio público intermunicipal.

La Entidad aclaró a las entidades vigiladas que cuando en la Carta Circular 32 de 2023 señala que no necesitan de orden judicial los requerimientos de información de las autoridades, hace referencia a los formulados por las autoridades y organismos de inteligencia y

“Los requerimientos hechos por las mencionadas autoridades no requieren de orden judicial toda vez que buscan anticipar acciones delictivas, terroristas o prevenir la vulneración de derechos o libertades, por lo que su respuesta demanda de diligencia, oportunidad e inmediatez.

 Para la Entidad, resulta necesario ajustar la referida proforma para incluir información adicional, con el fin de que esta Superintendencia continúe con el seguimiento a los avances en materia de inclusión financiera y pueda contribuir al desarrollo de políticas públicas que

La Entidad, con el propósito de facilitar la creación del banco puente, estimó necesario modificar las instrucciones relativas al procedimiento de constitución, y en particular, frente a su naturaleza societaria con el fin de agilizar su creación. “El banco puente podrá constituirse

Esta Entidad “con el propósito de fomentar la transparencia y ética empresarial al interior de las entidades vigiladas en los términos previstos en la Ley 2195 de 2022 y las normas que la modifiquen o sustituyan, esta Superintendencia considera oportuno modificar las

La Entidad modificó “el subnumeral 3.1.5. del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica «Disposiciones Especiales Aplicables a las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras» con el fin de establecer que la vigencia mínima de la póliza del SOAT será

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 La Entidad precisó que “el documento CONPES 4005 de 2020, mediante el cual se estableció la política nacional de inclusión y educación económica y financiera, determinó como uno de sus objetivos generar mayores competencias, conocimiento y confianza en el sistema

La SuperFinanciera con el objetivo de promover la realización de operaciones de manera segura mediante el uso de códigos QR, atender los estándares internacionales y promover la interoperabilidad, impartió instrucciones a las entidades vigiladas para que adopten la última