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Providencia del Consejo de Estado analizó la Vigencia del reconocimiento de la prima de navidad a los servidores públicos territoriales

Escrito por  Jun 30, 2021

La Sala considera que para la fecha en que se expidió la Resolución No 002 de 28 de febrero de 2001, los empleados públicos del nivel territorial no podían ser beneficiarios de la prima de navidad, razón por la cual se debe declarar la nulidad parcial del acto acusado. “Sin embargo, como en la demanda solo se solicitó la nulidad frente a lo correspondiente a la prima de navidad proporcional liquidada frente al año 2001,

la Sala declarará la nulidad solamente frente a ese concepto por la anualidad reclamada, sin que haya lugar a disponer el restablecimiento del derecho, teniendo en cuenta que se trata de una demanda presentada en ejercicio de la acción de simple nulidad y que cualquier valor pagado al demandado, teniendo en cuenta que no se probó que hubiera actuado de mala fe, ni se acreditó la existencia una maniobra fraudulenta o engañosa de su parte”. 

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Modificado por última vez en Miércoles, 30 Junio 2021 08:21