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Consejo de Estado no suspende Circular por medio de la cual se previenen riesgos que afectan la calidad y seguridad en la expedición de licencias de conducción por falta de sustentación de la medida cautelar

Escrito por  Sep 15, 2020

Para la Sala, la solicitud de suspensión provisional impetrada no fue sustentada en debida forma, pues no se identificaron normas superiores que se consideren desconocidas y, por ende, no existe concepto de violación alguno. El Despacho niega la medida cautelar.

La finalidad pretendida por la accionante, que cesen las restricciones que han soportado las empresas prestadoras del servicio de impresión o personalización de licencias de tránsito y conducción, producto de lo que considera una restricción a la libre competencia comercial, el derecho al trabajo y la libre concurrencia en los procesos de selección adelantados por las entidades territoriales, no constituye enunciación de normas alegadas como desconocidas y mucho menos una fundamentación que permita efectuar la comparación requerida en este tipo de figuras procesales.

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