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Consejo de Estado rechazó solicitud de trámite de medida cautelar de urgencia, respecto de algunos artículos del acto que reglamenta el registro de los Organismos de Apoyo al Tránsito ante el RUNT

Escrito por  Jun 17, 2021

Consejo de Estado rechazó solicitud de medida cautelar de urgencia, consistente en la suspensión provisional de los efectos de los artículos 20 y 21, literal b); y de los apartes (I) párrafo final, (II) numeral 4 del Anexo 1; (i), (III) literal A, numeral 4 y literal B, numeral 4, del Anexo 2 de la Resolución 20203040011355 de 21 de agosto de 2020 , “Por la cual se reglamenta el registro de los Organismos

de Apoyo al Tránsito ante el Sistema del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y se dictan otras disposiciones”, expedida por el Ministerio de Transporte.  La Sala advierte que los fundamentos esgrimidos por la actora van encaminados a intentar demostrar la presunta ilegalidad de los apartes del acto administrativo demandado, pero no justifican la urgencia para suspender provisionalmente sus efectos sin agotar el trámite procesal pertinente, es decir, no se explica cuál es la situación apremiante o inminente generada por la resolución controvertida que requiera ser evitada o remediada inmediatamente.

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Modificado por última vez en Jueves, 17 Junio 2021 09:12