de peso neto de láminas de acrílico y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este último sea menor al precio base.
Se prorrogó por el término de tres (3) meses la aplicación de los derechos antidumping provisionales establecidos mediante Resolución 238 del 27 de noviembre de 2020 para importaciones de láminas de acrílico clasificadas en la subpartida arancelaria 3920.51.09.00, originarias de la República Popular China, consistentes en un valor correspondiente a la diferencia entre un precio base FOB de USD 3,93 por cada kilogramo
de peso neto de láminas de acrílico y el precio FOB declarado por el importador, siempre que este último sea menor al precio base.