de cada heredero deberá realizarse mediante la adjudicación de un derecho de cuota sobre el respectivo inmueble, evitando que se produzca un fraccionamiento indebido de la unidad agrícola familiar.”
“Si existen varios herederos, la masa sucesora la constituye un solo inmueble y el dominio inicial de este proviene de una adjudicación de baldíos, la cancelación de los derechos
de cada heredero deberá realizarse mediante la adjudicación de un derecho de cuota sobre el respectivo inmueble, evitando que se produzca un fraccionamiento indebido de la unidad agrícola familiar.”