originarias de la República Popular China
A través del acto administrativo se aclara que en el examen quinquenal que se inicia por virtud del artículo 1° de la Resolución, se investigará la procedencia de la aplicación de medidas anti-elusión consistentes en la ampliación de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 040 de 2014 y prorrogados a través de la Resolución 226 de 2017, a las importaciones de productos clasificados por las subpartidas arancelarias 7210.61.00.00, 7210.69.00.00, 7212.30.00.00,7225.92.00.90, 7225.99.00.90 y 7226,99.00.00, originarios de la República Popular China.