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SuperSociedades se pronunció sobre la causal de disolución por incumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha

Escrito por  May 07, 2021

El concepto 220-039452-2021 indicó que la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha se verificará por parte de los administradores

sociales, al momento de elaborar los estados financieros de propósito general al cierre del ejercicio.  De esta forma, si éstos se preparan considerando que la hipótesis de negocio en marcha no es apropiada, los mismos deberán ser presentados, con la información completa y documentada que soporta la evaluación de la administración, al máximo órgano social en la reunión ordinaria para que se tomen las decisiones correspondientes por parte de dicho órgano. 

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