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A comentarios proyecto de norma sobre requisitos y procedimientos para el registro ante el ICA de plantaciones forestales comerciales

Escrito por  May 08, 2020

Fecha de inicio: 07/05/2020. Vencimiento:15/05/2020 Toda persona natural o jurídica o patrimonio autónomo que tenga por objeto cosechar plantaciones forestales

comerciales, debe registrarse ante la Gerencia Seccional del ICA con jurisdicción en la ubicación de la plantación forestal comercial dentro de los dos (2) años siguientes a su establecimiento, a través de la Ventanilla Única Forestal (VUF) Una vez radicada la solicitud con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la presente Resolución, según corresponda, el ICA, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud de registro, realizará la revisión y evaluación de la información y documentación presentada; cuando haya lugar a aclaración de alguno de los requisitos e información aportada, el solicitante tendrá un plazo de treinta (30) días calendario a partir del recibo de la comunicación para dar respuesta anexando los documentos e información requerida.  

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