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INVIAS estableció el régimen de multas e imposición de cláusula penal, en los contratos que celebre la Entidad

Escrito por  Abr 30, 2021

A través de la resolución, el INVIAS estableció que, si durante la ejecución del Contrato se generaran incumplimientos susceptibles de conminación imputables al contratista, se causarán las Multas que se detallan en los Eventos Generadores de multas, cuya imposición se realizará de acuerdo con el procedimiento previsto en el Procedimiento para la Imposición de Multas.

Las Multas a las que se refiere el presente artículo, no tienen el carácter de estimación anticipada de perjuicios, de manera que pueden acumularse con cualquier forma de indemnización, en los términos previstos en el Artículo 1600 del Código Civil. El pago de las Multas no exonerará al CONTRATISTA del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones con respecto de las cuales se haya generado la respectiva Multa, ni de cualquier otra obligación del Contrato.

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