Sin embargo, su petición fue negada debido al cierre de este lugar en dos de los casos y, en el otro, porque la persona no aparecía en el censo de esta población”.
El comunicado de prensa que sintetiza la decisión de la Corte Constitucional añadió que: “El Alto Tribunal decidió acumular tres tutelas que presentaron habitantes de calle contra dicha Alcaldía, luego de que solicitaran ingreso en el preventorio de la ciudad, un albergue que atendía a las personas en situación de indigencia durante la cuarentena.
Sin embargo, su petición fue negada debido al cierre de este lugar en dos de los casos y, en el otro, porque la persona no aparecía en el censo de esta población”.