debe acudir a ellas en caso de requerir un ajuste o modificación del plan referido, sin que esto implique un pronunciamiento adicional por parte de la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre
La priorización de una poda no puede ser de carácter subjetivo; toda vez que media un instrumento “plan de podas”, que debe contemplar las determinantes de priorización, y se
debe acudir a ellas en caso de requerir un ajuste o modificación del plan referido, sin que esto implique un pronunciamiento adicional por parte de la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre