acta de grado o los certificados expedidos por el centro educativo. Es decir, que la alternatividad en cuanto a los medios de prueba de la formación académica obedece, en un primer lugar, a la equivalencia en cuanto al diploma y el acta de grado por ostentar los mismos elementos de registro de los títulos obtenidos; y, en segundo lugar, teniendo en cuenta que el nivel de formación para la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano se realiza por medio de certificaciones, que se convierten en elementos igualmente válidos para acreditar esta modalidad educativa.