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Corresponde a la CREG y a la SuperIndustria analizar si se presenta abuso de la posición dominante por parte de las empresas distribuidoras de gas domiciliario: Consejo de Estado

Escrito por  May 11, 2020

“Corresponde a la CREG y a la Superintendencia de Industria y Comercio, analizar, en cada caso concreto, si se presentan abuso de la posición dominante por parte de las empresas distribuidoras de gas combustible domiciliario en la intervención que realicen referidas a la inspección o revisión de las 

instalaciones internas de gas combustible domiciliario, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 142 de 1994 - abuso de la posición dominante en todas sus modalidades -, situación que no es posible inferir en el estudio de legalidad del aparte acusado. Por lo expuesto, de manera preliminar, el Despacho considera que frente a este cargo no se cumple la apariencia de buen derecho – fumus boni iuris -, elemento analizado en los acápites III.3.9. y siguientes del presente proveído, para efectos de la procedencia del decreto de la medida cautelar incoada y, por tanto, no es viable acceder a la suspensión provisional del aparte acusado”. Así lo advierte el Consejo de Estado en una reciente providencia.

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