por los proveedores y contratistas que están obligados o quienes vendan bienes o presten servicios a la CREG. Que tengan en su RUT la responsabilidad 52 – facturador electrónico, y que sea emisor de los siguientes tres documentos electrónicos de facturación: Factura electrónica (FE), Nota débito (ND), y Nota crédito (NC).