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A través de concepto, la SuperSociedades socializa los parámetros que deben darse para que las empresas estén sometidas a su vigilancia

Escrito por  Abr 15, 2021

De acuerdo con el concepto_220-032915-2021, quedarán sometidas a la vigilancia de la SuperSociedades, siempre y cuando no estén sujetas a la vigilancia de otra Superintendencia,

las sociedades mercantiles y las empresas unipersonales que, a 31 de diciembre de 2006, o al cierre de los ejercicios sociales posteriores, registren un total de activos, superior al equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales O ingresos totales, incluidos superiores al valor de treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales.

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