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Corte Suprema establece las condenas por no pago de salarios en casos de liquidación definitiva de entidades estatales

Escrito por  May 18, 2020

La Corte Suprema estableció que ante la ocurrencia de un hecho externo al trabajador, como lo es la liquidación y extinción de la entidad empleadora, la solución adecuada no sería emitir una sentencia absolutoria por imposibilidad de ordenar un reintegro que es procedente, sino, por el contrario, se debe propender por adoptar decisiones protectoras de los derechos constitucionales y legales de los trabajadores

Para la Sala Laboral,  el Tribunal no incurrió en un yerro, al haber decidido imponerle a la sociedad demandada el pago de salarios desde el momento de la terminación del contrato de trabajo de la actora hasta la fecha de la última ampliación de la liquidación de la entidad, como alternativa frente a la imposibilidad de cumplir el reintegro y en aras de, como se dijo anteriormente, compensar en forma adecuada y proporcional los derechos vulnerados a la señora.

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