como es el caso de USOCOELLO, le asiste el deber a la Asociación de buscar los mecanismos que le permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha norma.
El artículo 1 del Decreto 176 del 23 de febrero de 2021, estipuló el 31 de marzo cursante como fecha para la realización de las asambleas o juntas de socios ordinarias que correspondan al cierre del ejercicio contable del año 2019 que aún se encuentran pendientes de realizar,
como es el caso de USOCOELLO, le asiste el deber a la Asociación de buscar los mecanismos que le permitan dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha norma.