que se distribuya a nivel nacional en los departamentos que actualmente cuentan con programa de oxigenación definido 96% de gasolina motor corriente fósil y motor extra y 4% de alcohol carburante — etanol.
Queda establecido que a partir del 1 abril de 2021 establézcase el contenido de alcohol carburante ¬etanol en la mezcla con gasolina motor corriente fósil y con gasolina motor extra fósil,
que se distribuya a nivel nacional en los departamentos que actualmente cuentan con programa de oxigenación definido 96% de gasolina motor corriente fósil y motor extra y 4% de alcohol carburante — etanol.