Queda establecido que, las actuaciones administrativas que por este acto administrativo reinician los términos se tramitarán mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones habilitadas por la Entidad. Los servidores y contratistas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte utilizarán los medios tecnológicos en todas las actuaciones, comunicaciones, notificaciones, y permitirán a los sujetos procesales, terceros e intervinientes actuar a través de medios tecnológicos disponibles, sin exigir el cumplimiento de formalidades innecesarias.