El proyecto normativo establece que, la ADRES realizara el reembolso a las EPS – EOC del monto reconocido y pagado por concepto de incapacidades de origen común por enfermedad general derivada del diagnóstico confirmado de Coronavirus COVID-19 con cargo a los recursos de que trata este acto administrativo, para lo cual el valor a reconocer se liquidará sobre las dos terceras (2/3) partes del Ingreso Base de Cotización (IBC), durante los primeros noventa (90) días y la mitad del IBC por el tiempo restante, excepto los dos (2) primeros días de incapacidad a cargo del empleador, sin que en todo caso el valor a reconocer pueda ser inferior al salario mínimo legal vigente.