naturales que tengan menos de tres empleados y la exequibilidad condicionada sobre alcance de la responsabilidad de quienes implementan el programa.
Para la Corte Constitucional la creación de un programa de apoyo para el pago de la prima de servicios (PAP), cumple con los requisitos formales y materiales que se exigen de las medidas legislativas de emergencia establecidos por la constitución y la ley estatutaria de los estados de excepción. No obstante, se declaró la inexequibilidad del no acceso al subsidio de las personas
naturales que tengan menos de tres empleados y la exequibilidad condicionada sobre alcance de la responsabilidad de quienes implementan el programa.