inspecciones técnicas y patentes de navegación de las embarcaciones y artefactos fluviales son cobijados por lo descrito en el artículo antes citado. Igualmente se encuentran cobijados los permisos y tarjetas de operación que soportan la operación de los equipos en las distintas modalidades de servicio de transporte y radio de acción autorizado, y demás documentos de transporte que hayan vencido durante el estado de emergencia.