De acuerdo con el concepto de la CRA, toda vez que el PGIRS define frecuencias mínimas objeto de la actividad de barrido y limpieza por barrios del municipio, las personas prestadoras estarán en la obligación de desarrollar dicha actividad en los andenes y contornos de parques ubicados en los barrios que conforman su área de prestación del servicio y, por ende, incluir sus respectivos kilómetros para el cálculo de la tarifa.