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CREG: Ampliación de plazos para pago de obligaciones facturadas por el ASIC y el LAC

Escrito por  Jun 08, 2020

A través del acto administrativo se establece que, los comercializadores que presenten problemas de recaudo podrán diferir el pago de las obligaciones facturadas por el ASIC y el LAC, y las obligaciones que se derivan de las liquidaciones realizadas por el LAC, deben tener en cuenta que: Los pagos a diferir serán los que se deban realizar en el mes de junio de 2020, en los porcentajes máximos definidos en los numerales 1.2 y 1.3 del artículo 1 de la Resolución CREG 061 de 2020; y que el período de pago de la suma de los montos diferidos en junio, incluidos los intereses, será de 12 meses contados a partir de agosto de 2020.

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