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SSPD: Plazo para atender una solicitud de conexión a una red eléctrica perteneciente al Sistema Interconectado Nacional

Escrito por  May 26, 2020

El plazo para atender una solicitud de conexión a una red eléctrica perteneciente al Sistema Interconectado Nacional, de un proyecto de generación, generación distribuida, o autogeneración, dependerá de si el mismo tiene una capacidad igual o inferior a 5 MW o superior a ésta.

En los proyectos con capacidades superiores a los 5 MW, debe aplicarse el procedimiento de asignación de puntos de conexión contenido en la Resolución CREG 106 de 2006, y cumplirse los requisitos contenidos en las Resoluciones CREG 025 de 1995 y 070 de 1998, razón por la cual el Transportador debe emitir concepto sobre la viabilidad técnica de la conexión, en un plazo máximo de dos (2) meses contados a partir del recibo de la solicitud con el respectivo estudio.

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