La providencia Negó las pretensiones, por considerar que la ley sí otorgaba competencia a la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Alcaldía Menor de Chapinero para sancionar hasta con el cierre definitivo a los propietarios de establecimientos comerciales que operaran fuera de las provisiones sobre el uso del suelo. Dado que el motel funcionaba en un área de adecuación y estaba situado en un barrio ilegal, no estaba siguiendo las reglas relacionadas con el uso del suelo, de donde se desprende la evidencia de la competencia con la que actuaron las autoridades a la hora de imponer la sanción.