Es obligación de los prestadores de servicios públicos domiciliarios dar aplicación a la metodología para la determinación del equilibrio entre los subsidios y las contribuciones, dicha obligación comprende la de realizar la proyección de usuarios y consumos, la estructura tarifaria vigente y el porcentaje o factor de aporte solidario aplicado en el año respectivo, que deben presentar al alcalde del municipio. Aunado a lo anterior, es necesario recordar que la contribución es un impuesto con destinación específica y los prestadores de servicios públicos domiciliarios no pueden darle una destinación discrecional.