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Consejo de Estado declaró caducidad del término para formular demanda contra unos actos expedidos por el INCORA, en los que esta Entidad adjudicó al cabildo Indígena Inga del Valle del Sibundoy, unos predios ubicados en el municipio de Colón

Escrito por  Feb 26, 2021

 El Actor formuló demanda de nulidad de una resolución expedida por el Incora, que adjudicó al cabildo de la Parcialidad Indígena Inga de Colón-Valle del Sibundoy, unos predios, ubicados en el municipio de Colón. Solicitó que se ordenara a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Mocoa que cancelara la inscripción de esa adjudicación.

Para la Sala, El término para formular la acción de nulidad contra los actos de adjudicación de tierras por el INCORA, vigente a la fecha de presentación de la demanda-, es de 2 años contados a partir del día siguiente al de su publicación, cuando ella sea necesaria, o desde su ejecutoria, en los demás casos. En el presente caso, el término de 2 años empezó a correr el 16 de junio de 1982 y vencía el 16 de junio de 1984. Como la demanda se presentó el 30 de octubre de 2006, operó el fenómeno preclusivo de la caducidad.

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