pero sólo en determinados casos, entre los cuales no se encuentran los contratos celebrados con los trabajadores a que se refiere la disposición demandada. “La Sala observa que el preaviso no se aplica para finalizar un vínculo laboral a término indefinido y que solamente se exige en ciertos casos, en los cuales no se diferencia al trabajador por la labor que realiza, es decir, no se tiene en consideración si el empleado se desempeña en el servicio doméstico o como chofer de familia. De otra parte, la norma acusada tampoco se encuentra produciendo efectos jurídicos”.