También se establecería que, las Entidades Promotoras de Salud de los regímenes contributivo y subsidiado deberán enviar un certificado firmado por el Representante Legal y el revisor fiscal de manera que con el reporte No. 1 remitirán dicho certificado por los primeros seis (6) meses de la vigencia 2020 desagregando cada mes, y en lo sucesivo, lo enviarán de forma mensual conforme los tiempos establecidos anteriormente para los reportes restantes. Los comentarios serán recibidos hasta el viernes 10 de julio de 2020, 4:00 p.m. , en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o en la línea telefónica PBX (571) 3305000 Ext: 1921.