A través de una circular la SNH recordó que de acuerdo con el Artículo 57 de la Resolución 181495-2009, antes del primero de marzo de cada año, toda persona que realice actividades de exploración o explotación deberá presentar al Ministerio de Minas y Energía un informe de geología, geofísica y de ingeniería. Considerando que está próximo el vencimiento del término, esto
es, antes del (1º) de marzo de cada año, con corte al 31 de diciembre del año anterior”, la Vicepresidencia de Operaciones, Regalías y Participaciones de la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH reitera a continuación los requisitos que debe cumplir el informe referido.
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