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SSPD: todas las empresas prestadoras se encuentran bajo el régimen de los servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Jul 14, 2020

Todas las empresas de servicios públicos domiciliarios, indistintamente de su forma y constitución, están sujetas el régimen de los servicios públicos domiciliarios

Conforme con lo previsto en el numeral 1 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, corresponde a esta Superintendencia, entre otras funciones: “Vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos a los que estén sujetos quienes presten servicios públicos, en cuanto el cumplimiento afecte en forma directa e inmediata a usuarios determinados; y sancionar sus violaciones, siempre y cuando esta función no sea competencia de otra autoridad.

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