El artículo primero del Proyecto de Acuerdo que pretende modificar el literal b. Visitas a todas las edificaciones que cuenten con sistemas de transporte vertical y que por mal funcionamiento o por no exhibir la respectiva certificación de revisión, sean denunciados por los ciudadanos, emplea una redacción que podría generar diversas interpretaciones, en el entendido en que será obligatorio realizar visitas a todas y cada una de las edificaciones que tengan este sistema, por lo cual se sugiere que el artículo señale que se realizaran visitas a todas las edificaciones que sean denunciadas por los ciudadanos a causa del mal funcionamiento del transporte vertical o por no exhibir la respectiva certificación de revisión del sistema. Otras consideraciones las puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.