A través del acto administrativo queda establecido que, toda persona natural o jurídica con predios pecuarios destinados a la producción de las especies bovinos, bufalinos, porcinos, aviar, ovinos, caprinos, équida y acuicultura contará con el Registro Sanitario de Predio Pecuario. Puede conocer todos los detalles sobre los requisitos consultando el documento publicado por la entidad.