Sin embargo, aquellos prestadores que decidan aplicar las variaciones acumuladas están obligados a elaborar el Plan de Aplicación Gradual de los incrementos tarifarios suspendidos
De acuerdo con la doctrina publicada por la CRA, la aplicación de las variaciones acumuladas de los incrementos de que trata el artículo 2 de la Resolución CRA 911 de 2020, corresponde a una decisión de la persona prestadora, es decir, que es de carácter facultativo.
Sin embargo, aquellos prestadores que decidan aplicar las variaciones acumuladas están obligados a elaborar el Plan de Aplicación Gradual de los incrementos tarifarios suspendidos