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SSPD aclara las condiciones para prestar los servicios de acueducto y alcantarillado en asentamientos informales

Escrito por  Jul 14, 2026

La SSPD reiteró el derecho al acceso a los servicios públicos domiciliarios para cualquier persona que habite un inmueble, cumpliendo requisitos técnicos y legales. En "asentamientos ilegales" no hay prohibición expresa, pudiendo implementarse esquemas diferenciales como pilas públicas o carrotanques ante la inviabilidad de redes. Es clave que la solicitud de acueducto y alcantarillado sea conjunta; si no hay red de alcantarillado, el usuario debe proponer una solución individual de tratamiento de aguas residuales aprobada ambientalmente. Los municipios son garantes del servicio, y las suspensiones a poblaciones vulnerables deben respetar el mínimo vital, evitando la vulneración de derechos fundamentales.

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Modificado por última vez en Lunes, 13 Julio 2026 16:08