Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme

DIAN precisa el tratamiento tributario de los créditos incobrables en procesos de insolvencia de personas naturales

Escrito por  Jul 03, 2026
Una reciente consulta planteó la necesidad de definir el tratamiento fiscal aplicable a sociedades que otorgan créditos a personas naturales no comerciantes cuando estas entran en procesos de insolvencia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) respondió que, si bien no existe una disposición específica para esta situación, los contribuyentes pueden acogerse a los artículos 145 y 146 del Estatuto Tributario. Estos permiten deducir de la renta bruta una provisión para deudas de difícil cobro o el castigo de créditos definitivamente incobrables o perdidos. La clave para la deducción radica en demostrar la realidad de la deuda, justificar su descargo y probar las gestiones realizadas para considerarla incobrable, siendo la insolvencia del deudor un elemento a considerar en dicha evaluación.
Descargar Documento
Modificado por última vez en Jueves, 02 Julio 2026 21:31