La CRA hizo precisiones sobre la gestión de subsidios e incentivos en la actividad de aprovechamiento de residuos sólidos. La entidad explicó que la responsabilidad de proyectar técnica y presupuestalmente los recursos para subsidios recae en las personas prestadoras de recolección y transporte de residuos no aprovechables. Estas deben presentar al alcalde la estimación anual necesaria para cubrir los subsidios. Respecto al traslado de recursos, la CRA enfatiza que la entidad facturadora integral, encargada de la recolección y transporte de residuos no aprovechables, es responsable de liquidar, facturar y transferir la totalidad de los recursos de subsidios y contribuciones. No es procedente trasladar un porcentaje inferior al 100%. Además, el concepto aclara que el incumplimiento en el traslado oportuno y total de los recursos por parte de la entidad facturadora sí constituye una vulneración al principio de suficiencia financiera del prestador cuando el ente territorial se demora en transferir el déficit entre subsidios y contribuciones.